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APRSA
El convenio APRSA (asegurarse y pedir un préstamo con un riesgo de salud agravado) favorece el acceso al seguro y al crédito de las personas con un riesgo grave para la salud. Se dirige especialmente a las personas cuyo estado de salud no les permite beneficiarse de una cobertura en las condiciones estándar del contrato (sin sobreprima ni exclusión de garantía).
Cabe señalar que toda solicitud de préstamo hipotecario requiere un seguro de crédito que cubra dicho crédito. Para los préstamos hipotecarios y profesionales, el convenio prevé un examen en profundidad de la solicitud en tres niveles. En el primer nivel, la aseguradora propone un contrato tras analizar el cuestionario de salud del prestatario o, si el préstamo es inferior a 200 000 € y el reembolso finaliza antes de que el asegurado cumpla 60 años, tal y como exige la ley Lemoine, tras algunas respuestas sobre el préstamo y la información personal del prestatario. Si la propuesta no ofrece una garantía estándar debido a un riesgo agravado, el expediente se estudiará en detalle en el segundo nivel. Al término de este examen, si se rechaza, el expediente se remitirá al «pool de riesgos muy agravados», es decir, a un grupo de reaseguradoras. En este tercer nivel, la solicitud de préstamo debe cumplir las siguientes condiciones:
- El contrato de seguro finaliza antes del 71.º cumpleaños del asegurado.
- El crédito se refiere a la residencia principal, cuya parte asegurada no supera los 320 000 €.
- Para los demás casos de préstamos inmobiliarios y profesionales, el importe acumulado de los préstamos pendientes no supera los 320 000 euros.