😈 IBI – «¿Pero qué brujería es esta?»
Sí, es una palabra que da dolor de cabeza solo con pronunciarla, pero no entres en pánico, estamos aquí para aliviar tu sufrimiento.
Dicho fácil: el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un impuesto municipal que deben pagar los propietarios o usufructuarios de bienes inmuebles. Afecta a todas las propiedades que no se pueden mover: casas, pisos, garajes, trasteros, terrenos agrícolas, locales comerciales…
🧐 ¿Cómo se calcula el IBI?
Os vemos, estudiantes de letras, temblando con las fórmulas matemáticas. Tranquilos, incluso yo (team humanidades), lo entendí.
Necesitas 2 datos: el valor catastral del inmueble y el tipo impositivo del ayuntamiento. Vamos por partes.
El valor catastral es una estimación administrativa del valor del inmueble, normalmente inferior al valor de mercado. Se puede consultar en la sede electrónica del Catastro o en tu recibo del IBI. También puedes calcularlo con esta fórmula si tienes los datos: superficie x precio/m² de referencia de la zona.
El tipo impositivo lo fija cada ayuntamiento, y puede variar bastante. En general, está entre el 0,4 % y el 1,3 %. Consulta el portal web de tu ayuntamiento o tu último recibo de IBI (¡no lo tires!).
Ahora sí: cálculadora en mano. La fórmula mágica es esta →
Valor catastral x tipo impositivo municipal = IBI anual
NB: el importe aparece directamente en tu recibo, pero te explicamos el cálculo para que sepas de qué va el susto.
📈 El dato clave: subidas fuertes según el municipio
Ayyy… el precio de ser propietario. En algunas ciudades, el IBI ha bajado (por ejemplo, en Las Palmas de Gran Canaria bajará del 0,67 % al 0,62 % en 2025). Pero en otras, ¡la subida ha sido fuerte!
Cada ayuntamiento tiene libertad para fijar su tipo impositivo. Algunas subidas recientes han superado el 10 %, según los presupuestos locales.
🤑 ¿Quién debe pagar el IBI?
El IBI lo paga quien sea propietario o usufructuario del inmueble a fecha 1 de enero del año fiscal.
🤔 ¿Cómo se paga el IBI?
En esto, Hacienda ha hecho los deberes. Hay muchas formas de pagar el impuesto, según el importe:
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Si el importe es inferior a cierto umbral (varía por municipio): puedes pagar en línea, por transferencia, con tarjeta, en efectivo, por domiciliación mensual o anual.
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Si el importe es superior, solo se permiten: pago en línea, domiciliación anual o mensual.
Consulta en tu municipio las condiciones concretas.
⏳ Calendario: ¡es hora de pagar!
Lo esperabas con ganas (o no), pero ya llegó el aviso del IBI. Tanto si estás domiciliado como si no, estas son las fechas límite más comunes:
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Entre septiembre y noviembre, según el municipio.
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Si pagas online, sueles tener unos días extra. Consulta el recibo.
👻 ¿Quién puede estar exento del IBI?
¡Buenas noticias! Algunas personas no están obligadas a pagar. ¿Estás en la lista?
Exención total o parcial si:
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Tu vivienda es de nueva construcción (2 años de exención).
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Estás en situación de discapacidad reconocida.
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Tu vivienda está vacía involuntariamente por reformas mayores (mínimo 3 meses).
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Tienes más de 65 años y tus ingresos no superan cierto umbral.
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Percibes ciertas prestaciones sociales mínimas.
Consulta con tu ayuntamiento los requisitos exactos.
⭐ Lo mejor: palabras de las autoridades
«Cuando sube el IBI, no es el Gobierno. […] Es tu ayuntamiento el que lo decide.»
Los alcaldes tienen margen para ajustar el tipo impositivo. Y aunque haya polémica, lo que queremos todos es pagar lo justo sin reventar el presupuesto.
💪 Acción-reacción: haz ajustes y ahorra
Una forma sencilla de compensar la subida del IBI es revisar tu seguro de préstamo hipotecario.
Si tienes una hipoteca, mira bien el tipo de seguro que estás pagando y compáralo con lo que ofrece el mercado. Muchas veces puedes ahorrar varios cientos de euros al año.
Y ese ahorro… ¡sirve justo para pagar el IBI sin llorar (tanto)!
💡 Resumen final
¡Ay, caramba! El IBI no es precisamente una fiesta. Pero si eres propietario o usufructuario, toca pagarlo entre septiembre y noviembre. Hay varias formas de hacerlo (no, sobornar con bombones no vale), y los aumentos este año han sido notables en muchos municipios.
Algunas personas pueden acogerse a exenciones, pero para la mayoría, hay que buscar soluciones: revisar tu seguro hipotecario puede darte margen para respirar.
¡Ahora eres un/a crack del tema! Gracias por leer hasta el final y nos vemos en el próximo especial. ✌️
PS: ¿Conoces a alguien que también deba pagar el IBI? ¡Comparte este artículo!