¿Existen costes por cambiar de seguro de vida hipotecario?
(Casi) sin costes gracias a la legislación vigente
Una de las grandes dudas de quienes quieren cambiar de seguro es:
“¿Tendré que pagar por cambiar de aseguradora?”
La respuesta es clara: en la mayoría de los casos, no.
Desde que entró en vigor la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario (Ley 5/2019), los bancos no pueden obligarte a contratar su propio seguro, ni penalizarte si eliges uno alternativo con coberturas equivalentes. Además, desde 2016, la legislación prohíbe cobrar comisiones por aceptar seguros externos.
Posibles gastos asociados al cambio
Aunque el cambio en sí no tiene coste, pueden existir algunos gastos menores asociados al nuevo seguro:
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Gastos de gestión o apertura: algunas aseguradoras cobran entre 20 y 50 € por tramitar la nueva póliza.
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Cuota de adhesión (en mutualidades o asociaciones): si contratas a través de una aseguradora mutualista, podrías tener que pagar una pequeña cuota anual.
¿Qué pasa con los exámenes médicos?
La nueva aseguradora puede solicitar exámenes médicos para valorar tu perfil de riesgo. En este caso, los costes suelen estar a cargo de la aseguradora, no del asegurado.
Además, muchas entidades ya no exigen cuestionarios médicos si el capital asegurado es bajo (por ejemplo, menos de 200.000 €), o si el asegurado tiene menos de cierta edad (por ejemplo, 50 o 60 años). Todo depende de la aseguradora.