En el marco de una transacción inmobiliaria, el vendedor debe proporcionar
la garantía legal relativa al bien en venta. De este modo, se asegura de que este último está libre de vicios de título y vicios ocultos, salvo los declarados antes de la venta.
La garantía legal incluye tanto
la garantía del derecho de propiedad como
la garantía de calidad. A diferencia de una garantía comercial, es obligatoria por efecto de la ley.
Para garantizar el derecho de propiedad, el vendedor debe asegurarse de que el bien está libre de vicios de título. Debe estar libre de cualquier carga que lo afecte, salvo las divulgadas antes de la venta y aquellas que el comprador decida asumir. Así, por la presente garantía, el bien no debe ser objeto de invasión de la propiedad vecina, ni violar ninguna limitación del derecho público.
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La garantía de calidad o garantía por vicios ocultos, por su parte,
protege al consumidor contra los defectos que puedan comprometer el uso del bien. Las condiciones generales de venta deben incluir información sobre la aplicación de la garantía.
Se trata de defectos no aparentes, pero que existían en el momento de la compra de un producto, que lo hacen impropio para su uso o inutilizable. Por lo tanto, esta garantía cubre todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, nuevos o de segunda mano.
En caso de vicio oculto, el comprador puede acogerse a la garantía cancelando la venta y obteniendo el reembolso íntegro del precio. Si el comprador decide conservar el bien no conforme, tiene derecho a un reembolso parcial. Además, si el vendedor tenía conocimiento de los defectos, el comprador se reserva el derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
A partir del descubrimiento del defecto, el cliente dispone de dos años para hacer valer la garantía. En este caso,
es su obligación demostrar los vicios ocultos con, entre otras cosas,
una prueba de compra o un presupuesto de reparación. Para ello, debe notificarlo al vendedor mediante carta certificada con acuse de recibo. En caso de litigio o desacuerdo no resuelto de forma amistosa, el comprador puede emprender acciones legales.
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