En un contexto económico inestable, nadie está exento de una reestructuración o despido en su empresa. Si estás pagando una hipoteca, perder tu empleo puede poner en riesgo tu estabilidad financiera. Para anticipar este tipo de situaciones, algunos seguros de vida hipotecarios ofrecen una cobertura opcional por desempleo. En este artículo te explicamos cómo funciona el seguro de desempleo vinculado a un préstamo hipotecario en España.
- Lo esencial del seguro de desempleo en 5 preguntas clave
- ¿Qué es el seguro de desempleo en un préstamo hipotecario?
- ¿Quién puede contratar esta cobertura?
- ¿Cuáles son las condiciones para recibir la indemnización?
- ¿Qué importe se paga y cómo se cobra la indemnización?
- ¿Cuánto cuesta el seguro por desempleo?
- ¿Qué son los periodos de carencia y franquicia?
- ¿Cómo solicitar la cobertura por desempleo?
- Caso práctico: ejemplo de cliente
Lo esencial del seguro de desempleo en 5 preguntas clave
¿Qué es el seguro de desempleo?
Es una cobertura adicional del seguro de vida asociado a la hipoteca, que cubre parte de tus cuotas si pierdes tu trabajo de forma involuntaria.
¿Es obligatorio?
No. A diferencia de las coberturas de fallecimiento o invalidez absoluta, el seguro de desempleo es totalmente opcional.
¿Quién puede contratar esta cobertura?
Principalmente trabajadores por cuenta ajena con contrato indefinido (CDI). La mayoría de aseguradoras establecen límites de edad, entre 55 y 60 años.
¿Qué exclusiones existen?
Generalmente, solo el despido objetivo o por causas económicas está cubierto. No suelen estar cubiertos: despidos voluntarios, finalización de contrato temporal, despidos no reconocidos por el SEPE (Pôle Emploi en Francia).
¿Qué precio tiene?
El coste varía según el nivel de cobertura elegido, tu edad, el importe del préstamo y tu perfil laboral. Es una cobertura costosa, por lo que no muchos hipotecados la contratan. Puede cubrir desde una parte hasta el 100 % de tu cuota mensual.
¿Qué es el seguro de desempleo en un préstamo hipotecario?
En España, cuando firmas una hipoteca, no estás obligado a contratar un seguro por desempleo, pero sí suele ser obligatorio contratar un seguro de vida que cubra fallecimiento o invalidez.
El seguro de desempleo forma parte de las garantías opcionales del seguro de vida hipotecario, junto con:
-
Cobertura de fallecimiento
-
Invalidez absoluta y permanente (IPA)
-
Invalidez total o parcial (IPT / IPP)
-
Incapacidad temporal (ITT)
-
Pérdida de empleo (desempleo involuntario)
Esta cobertura permite que, en caso de despido, el asegurado reciba una indemnización mensual fija o variable, o bien un aplazamiento en el pago de cuotas, según lo establecido en el contrato.
¿Quién puede contratar esta cobertura?
Las condiciones de elegibilidad son restrictivas. En general, se exige:
-
Tener un contrato laboral indefinido (CDI), fuera del período de prueba y no estar en prejubilación
-
No estar en proceso de despido en el momento de contratar el seguro
-
Tener menos de 55 o 60 años, según la aseguradora
-
Trabajar en una empresa solvente (no en concurso de acreedores)
¿Cuáles son las condiciones para recibir la indemnización?
Contratar esta cobertura no garantiza una indemnización automática si pierdes el trabajo. Solo se activa en casos de:
-
Despido objetivo o colectivo reconocido por el SEPE
-
Despido económico, por causas organizativas, técnicas o de producción
No están cubiertos (salvo excepciones):
-
Baja voluntaria
-
Finalización de contrato temporal (eventual, obra y servicio)
-
Despido no reconocido oficialmente
-
Reducción de jornada o ERTE
¿Qué importe se paga y cómo se cobra la indemnización?
La indemnización suele ser una cantidad fija mensual acordada en el contrato, o un porcentaje de la cuota hipotecaria.
Ejemplo práctico:
Cuota mensual del préstamo | Prima mensual del seguro | Indemnización mensual si estás desempleado |
---|---|---|
600 € | 30 € | 180 € (30 % de la cuota) |
⚠️ La mayoría de los contratos limitan la cobertura a entre el 70 % y 80 % del importe de la cuota mensual.
¿Cuánto cuesta el seguro por desempleo?
El coste depende de:
-
Edad del asegurado
-
Importe y duración del préstamo
-
Ocupación profesional y estado de salud
-
Nivel de cobertura elegido
👉 Cada aseguradora aplica tarifas distintas, por eso es fundamental solicitar un presupuesto personalizado.
¿Qué son los periodos de carencia y franquicia?
Existen dos periodos clave durante los cuales no recibirás indemnización:
✅ Carencia
Es el tiempo que debe pasar desde la contratación del seguro hasta que puedes solicitar la cobertura. Suele oscilar entre 6 y 12 meses.
✅ Franquicia
Es el periodo que transcurre desde que pierdes el trabajo hasta que empiezas a recibir el dinero. Varía entre 3 y 9 meses, dependiendo del contrato.
📌 Además, muchas aseguradoras limitan el uso de esta garantía a una sola vez durante toda la hipoteca, y durante un periodo máximo de 24 a 48 meses.
¿Cómo solicitar la cobertura por desempleo?
Deberás presentar varios documentos ante tu aseguradora, como por ejemplo:
-
Contrato de trabajo
-
Carta de despido
-
Certificado del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)
También es importante informar a la aseguradora cuando vuelvas a trabajar para evitar sanciones o cobros indebidos.
Caso práctico
Imagina que has firmado una hipoteca con una cuota mensual de 600 € y contratas la cobertura por desempleo.
Dos años después, te despiden por motivos económicos. Tu seguro contempla:
-
Periodo de franquicia de 3 meses
-
Cobertura del 30 % de la cuota, es decir, 180 €
Durante el tiempo que estés en paro y una vez superado el periodo de franquicia, solo pagarás 420 € de tu bolsillo.
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