Retour
Administrador de fincas
El administrador de la comunidad es una persona física (administrador voluntario) o jurídica (profesional) cuya función es administrar y gestionar las finanzas de una comunidad de propietarios. Actúa en calidad de mandatario y ejerce la función de representante legal de la comunidad de copropietarios. De conformidad con el artículo 17 de la ley n.º 65-557, de 10 de julio de 1965, cada comunidad de propietarios debe tener uno. Su designación se realiza en una asamblea general de copropietarios por mayoría absoluta. El mandato del administrador se regula mediante un contrato tipo que establece la siguiente información:
- duración del mandato (entre 1 y 3 años),
- condiciones de ejecución de la misión,
- condiciones de remuneración.
- asegurar el secretariado de la comunidad de propietarios;
- garantizar el cumplimiento del reglamento de la comunidad;
- gestionar las zonas comunes;
- gestionar las obras y el mantenimiento del edificio;
- gestionar las finanzas y la contabilidad de la comunidad de propietarios;
- representar a la comunidad de propietarios;
- hacer cumplir las decisiones tomadas en la junta general.